Todo lo que usted haya podido leer sobre lo que rodea a la geología y geotecnia del ATC (Almacén Temporal Centralizado) es muy probable que haya estado bastante sesgado según la procedencia de la información. Es una serie de tres artículos, nos marcamos el objetivo que el seguidor se lleve una idea lo más clara posible sobre cómo la geotecnia está en el centro de la polémica y si esta tiene fundamento o no.
Contenido de los artículos
- 1: Definiremos en qué consiste esta instalación, la influencia que tuvo la geología en la designación de la ubicación y por qué se utiliza para plantear si la elección de la ubicación fue adecuada.
- 2: Nos relajaremos un poco y haremos una descripción puramente geológica de los terrenos que constituyen el emplazamiento del ATC.
- 3: La geotecnia del ATC tiene sus particularidades, así que habrá que ver cómo se les hace frente.
Aclaraciones previas: ¿qué es el ATC?
- Procedencia de la información del post. Fundamentalmente procede de los datos y publicaciones que están en la web de ENRESA (Empresa Nacional de Residuos Radiactivos S.A.) También utilizo información de terceros y el conocimiento personal que tengo de la zona.
- El ATC es una instalación industrial que almacenará durante, al menos 60 años, todo el combustible gastado y los residuos de alta actividad de las centrales nucleares españolas. Si quiere conocer más sobre cómo es este tipo de instalaciones, le invito a pinchar aquí.
- En el 2006 se creo una Comisión Interministerial y en el 2011 el Estado designó al municipio conquense de Villar de Cañas como sede del ATC.
Influencia de la Geología en la designación de la sede del ATC.
Proceso de selección y fichas de las candidaturas.
El proceso de selección fue un poco peculiar. El Estado propuso que los municipios que tuvieran interés en albergar esta instalación, ofrecieran un emplazamiento. A esta llamada acudieron finalmente nueve de toda España. De cada emplazamiento se realizó una ficha técnica en la que se analizaba principalmente y de manera muy sucinta las características del:
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Terreno: Extensión, topografía, geología, geotecnia, meteorología, etc.
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Medioambiente: Hábitats, espacios protegidos, etc.
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Socioeconómicas: Tejido industrial/empresarial, etc.
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Entorno: infraestructuras del transporte, distancias relevantes (núcleos de población, centros industriales, etc.), disponibilidad de recursos, etc.
Geología y geotecnia de los emplazamientos.
Es en estas “fichas” donde por primera vez entra en juego la geología y geotecnia del ATC. Es bueno comentar lo siguiente: de todas las características que se estudiaron en estas fichas, la única que requiere reconocimiento físico del terreno, ensayos in situ y de laboratorio, y el posterior análisis son la geología y geotecnia del emplazamiento. El resto se pueden evaluar bien de manera bibliográfica. Esto lo sabían bien quién/quiénes desarrollaron las fichas (por cierto, son anónimas) ya que en todos los potenciales emplazamientos hacen ver las limitaciones de la información aportada y que esta debería ser ampliada mediante investigaciones de detalle si finalmente el emplazamiento era elegido.
En general todos los emplazamientos, con las reservas presentadas, eran “buenos” o “no presentaban ningún inconveniente”. Pero, precisamente en Villar de Cañas (Cuenca), el autor anuncia lo que posteriormente será el argumento de la polémica: la presencia de intercalaciones de niveles de yeso, que por su propia naturaleza, pueden sufrir procesos de disolución.
Al respecto comentar lo siguiente:
- Avisa que los terrenos, con presencia importante de niveles yesíferos, puede ser fuente de patologías asociadas a la cimentación. Eso sí, deja cualquier decisión a las conclusiones que se puedan sacar de futuras investigaciones de detalle del terreno.
- Realiza un juicio de valor. Expresa que, en caso de existir procesos de disolución de los yesos, sería mejor descartar este emplazamiento. La verdad es que esto no se puede decir sin investigaciones de detalle que permitan evaluar la dimensión del riesgo (si es que existe). Tras estas investigaciones siempre se podrán evaluar técnicas para eliminarlo o mitigarlo.
Dicho esto, la verdad es que no me hubiese gustado estar en la cabeza del autor. Ciertamente es un terreno que es muy común en la meseta central, y que en otros lugares se han relacionado con patologías en infraestructuras y edificación. Todo lo hace sin tener ninguna herramienta, sólo el MAGNA, fotos aéreas y vistas de campo. Es cómo pedirle una opinión a un médico con una simple inspección visual. Un brete.
La Geotecnia del ATC en el centro de la polémica.
La realidad es que la elección del emplazamiento, seguramente por otros motivos, ha estado en entredicho desde el primer momento. El argumento principal que se ha venido empleando es acerca de los terrenos. Comentar lo siguiente:
- Una cimentación es la “solución” que permite una interacción segura entre un terreno, con unas determinadas características geotécnicas, y una determinada estructura. El terreno y la estructura son inputs y es el tipo de cimentación (zapatas, losas, pilotes, …) el output (la solución). Se podría pensar, ¿no se pueden modificar el terreno y/o la estructura? La respuesta es: sí, por supuesto. Por ejemplo, al terreno se pueden aplicar técnicas que “mejoren” ciertos parámetros geotécnicos (capacidad portante, permeabilidad, etc.) Este mejoramiento hace que se pueda cambiar la cimentación (solución) inicial.
- Los que nos dedicamos a esto sabemos que un terreno, sea suelo o roca, desde el punto de vista geotécnico, nunca puede ser calificado, y mucho menos, como “bueno”, “adecuado”, “conveniente”, o como se ha dicho mucho respecto al emplazamiento de Villar de Cañas, “no sirve”. Aclaremos el proceso: a partir de un reconocimiento del terreno (sondeos, geofísica, ensayos de laboratorio, …) podemos describir el terreno con parámetros objetivos. A partir de ellos podremos hacer un análisis que nos permita sacar ciertas conclusiones que irán encaminadas a proponer soluciones de cimentación y/o de mejora del terreno. Es por eso que hay que tener mucho cuidado con las opiniones de personas que no son especialistas en la materia, vengan de donde vengan.
Aspectos de la geotecnia del ATC en los que se centran las críticas
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- La presencia de niveles de yeso. Como veremos en las siguientes entradas en el que haremos una descripción del terreno, constataremos que estos materiales existen, cuál es la situación actual y qué riesgos geológicos pueden llevar asociados.
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- El riesgo sísmico del emplazamiento. Esto lo vamos a resolver ahora mismo. El territorio español, como la mayoría de los países, tienen una normativa sismorresistente (NCSE-02). En la misma se define la peligrosidad sísmica en función de la aceleración sísmica básica (ab).
Así mismo, también analizando el enclave tectónico, histórico de terremotos destructivos, fallas de primer grado, etc. La conclusión final es que el riesgo sísmico del emplazamiento es bajo.
Comentarios finales
Como conclusión me gustaría explicar el porqué merece la pena entrar a analizar este asunto. En muchos ámbitos, cuestiones que deberían ser dilucidadas por técnicos y basándose en análisis objetivos, se ven utilizadas desde otros ámbitos de la sociedad. La idea es poder ofrecer una imagen de este asunto libre de “ruido” y que el lector sea capaz de “separar el grano de la paja”. Este blog también va de poner en valor el trabajo que realizamos los técnicos especializados en geotecnia y tratamientos del terreno, y esta es sin duda una buena oportunidad.
El siguiente post, como anunciábamos al principio, lo dedicaremos a describir la geología del emplazamiento. Dejaremos para un tercer y último post los aspectos que pueden ser interesantes desde el punto de vista geotécnico y sus posibles soluciones.
Muchas gracias por vuestro tiempo.
Buenas Nacho
En primer lugar felicitarte por el post. Es muy bueno. La verdad es que me ha sorprendido el asunto. Digamos que primero se elige el sitio y después se decide si es adecuado o no? ¿No debería ser al revés? La geología y geotecnia tiene mucho que decir en este tipo de emplazamientos por el riesgo que conlleva.
En cuanto lo que comentáis sobre la norma sismorresistente, estoy con vosotros en que debe revisarse y adaptarse a los nuevos estudios realizados y complementarse más con las normativas internacionales pero a decir verdad el riesgo sísmico de la zona es reducido. Eso no quita, y doy por hecho que el emplazamiento tendrá si no se ha hecho ya, un estudio sismotectónico en detalle que determine la aceleración máxima así como las posibles amplificaciones del terreno y riesgos derivados.
Saludos
Gracias!
La verdad es que este es más bien introductorio, seguro que los dos que vienen gustan más, pero hacia falta introducir al lector en el asunto.
Sí, el proceso fue peculiar. Tiene su sentido, ya que si se hubiese impuesto a algún municipio, hubiese habido más lío que el que ya hay. Por eso parece que tiene sentido preguntar por “voluntarios”. Para nosotros el tema de la geología es obvio, pero imagino que para la mayoría de la gente, todo lo que no sea ponerlo en la boca de un volcán es un sitio geológicamente “seguro”. Entraremos en los detalles más adelante, pero sí es cierto que tiene sus peculiaridades geotécnicas.
El estudio sismotectónico está hecho a escala regional, comarcal y local, pero como le decía a Bran, el enlace estará en el próximo post.
Gracias por comentar compañero!
Saludos!
Hola Nacho, espero que en estos post haya fuertes debates!
Estoy de acuerdo en que la peligrosidad sísmica del ATC es baja con la normativa en la mano, pero toda normativa es revisable y en este sentido está preparándose una modificación de la misma en la que se aumenta la peligrosidad en la práctica totalidad del territorio español. Por lo que dada la vida útil del ATC, debería construirse teniendo en cuenta la información útil actualizada y no sólo la normativa vigente.
Además, revisando normativa casi nunca dejo de sorprenderme. Respecto a la NCSR-02, siempre me he preguntado cómo que en Cartagena (Murcia), zona sísmica casi por excelencia de España, hay una pequeña zona que engloba a Escombreras, donde la aceleración sísmica básica es menor de 0.08 g. ¿Será que las innumerables instalaciones industriales ubicadas allí condicionaron la norma? Da miedo pensar en el poder de los lobbies sobre la planificación del territorio a este nivel.
Por último, la norma se aplica por términos municipales, es decir, no tiene en cuenta los rasgos geológicos particulares para cada emplazamiento deducibles a partir del Estudio Geotécnico. Orihuela, en Alicante, es un paradigma claro en este sentido. Para su término municipal debe considerarse una aceleración sísmica básica de 0.16 g, la ciudad está ubicada en la vega baja del Segura así que no está mal, pero su municipio se extiende hasta el Mediterráneo, otro dominio geológico sin discusión y en donde se estiman aceleraciones sísmicas de 0.11 g en Pilar de la Horadada, localidad más próxima al territorio costero de Orihuela. Con la norma en la mano debes calcular con 0.16 g, pero no tiene sentido geológico.
La norma debería considerar su aplicación desde el punto de vista “no administrativo” sino “geológico-geográfico” y debemos ser los técnicos del sector los que profesionalmente empujemos en este sentido.
Hola Bran,
Gracias por el comentario.
Lo que se comenta en el post para decir que el riesgo es bajo se basa por un lado en la normativa pero también estudios de detalle a nivel regional y local. El documento en el que se basa este post tiene un epígrafe muy detallado. Si te interesa, te animo a leerlo.
Por lo demás estoy bastante de de acuerdo en que las normas adolecen de ser demasiado generales, por eso instalaciones de este tipo requieren estudios de detalle.
¡Ojalá se anime más gente a comentar!
Salu2!
Por cierto, el enlace al documento que te comento lo podrás ver en el siguiente post sobre el ATC.